El 30 de septiembre finaliza el tercer período anual para que los autónomos cambien su base de cotización.
Tras las modificaciones realizadas por la Ley 6/2017 de 24 de octubre, desde el 1 de enero de 2018, se puede solicitar el cambio de base de cotización, cuatro veces al año, con los siguientes efectos:
a) 1 de abril, si la solicitud se formula entre el 1 de enero y el 31 de marzo:
b) 1 de julio, si la solicitud se formula entre el 1 de abril y el 30 de junio;
c) 1 de octubre, si la solicitud se formula entre el 1 de julio y el 31 de diciembre;
d) 1 de enero del año siguiente, si la solicitud se formula entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre.
Atendiendo a las fechas del nuevo art. 43 bis del Reglamento General sobre Cotización y Liquidación de otros Derechos de la Seguridad Social, el 30 de septiembre terminará el tercer periodo de cambios en las bases de cotización con efectos a partir del 1 de octubre.